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Juicio por Tehuel: crónica de una condena

por Pulso Noticias
Fotos: Camila Flores Catino y Pedro Ramos
02 de septiembre de 2024

El viernes 30 de agosto, bajo la lluvia, el Tribunal Oral Criminal nº2 de La Plata condenó de manera unánime a Luis Alberto Ramos por el homicidio de Tehuel de la Torre contemplado en el artículo 80 del Código Penal. La pena de reclusión perpetua que recae sobre Ramos, además, tiene en cuenta el agravante del odio a la identidad del inciso 4.

El tribunal, conformado por Claudio Joaquín Bernard, Silvia Hoerr y Ramiro Lorenzo tomó en cuenta el agravante que aporta al delito de homicidio por odio a la identidad de género pedido por la querella, la fiscalía y algunas organizaciones que acompañaron el juicio.

“Quiero agradecer a todos los que vienen acompañando para hacer justicia por mi hijo. Esto no termina acá porque queremos que se condene al otro responsable y que se siga buscando a Tehuel para que descanse en paz. Qué nunca más haya otros Tehueles, que nunca más haya violencia hacia las personas trans”, dijo Norma Nauhelcura, la mamá. 

Juan Caniggia, a cargo de la Fiscalía de Juicio nº19, habló con Pulso Noticias y dijo: “Es un logro de ellos. Es una desgracia, pero se destaca el trabajo que ha hecho el particular damnificado, las agrupaciones. El Tribunal dictó una sentencia formidable. Uno se siente reconfortado porque son cuestiones que tienen que ver con lo social, más allá de lo jurídico. Se dio un hecho importantísimo en el reconocimiento de los derechos de las minorías”. 

El Tribunal hizo lugar a muchas de las medidas pedidas por la Fiscalía y por los abogados de Norma: notificar al Ministerio de Mujeres y Diversidad de la provincia de Buenos Aires para que declare la emergencia social por violencia en prejuicio a las personas travestis y trans en la Provincia de Buenos Aires, y, pese que hay un protocolo creado por la Protex, la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas y la UFEM, Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres del Ministerio Público Fiscal de la Nación, se cree un protocolo específico para la búsqueda de personas LGTBI+ desaparecidas en la Provincia de Buenos Aires. 

Pero no hizo lugar a todas: consideró que la justicia no tiene nada que hacer para que la ley de cupo laboral travesti trans realmente se cumpla. El abogado de la madre de Tehuel, Cristian González, había hecho un pedido concreto en su alegato: que se exhorte a los tres poderes provinciales para pedir por el cumplimiento de la ley del cupo laboral travesti trans. “Si Tehuel hubiera tenido un trabajo formal no se hubiera ‘expuesto al lobo ése'”, aseguró el abogado. 

“Es un tema complejo, porque las medidas tienen que ver con otras tareas. Por eso se lo encomiendan al Ministerio. La ley está dictada, se tiene que aplicar de forma natural porque ya está dictada. Pero creo que lo que dijo el tribunal está ajustado al derecho”, agregó Caniggia. 

Las y los jueces también dedicaron un capítulo del veredicto a señalar la desvalorización que sufría Tehuel por ser un varón trans, en especial las prácticas discriminatorias al momento de buscar trabajo. Sin embargo, no hicieron lugar al pedido de exhortación al poder judicial para que el cupo laboral trans se efectivice.

En su fallo, el Tribunal usó como elementos el Informe de la CIDH, los principios de Yogyakarta, la Declaración Universal por los Derechos del Hombre, por los Derechos Humanos y los argumentos del amparo en el primer matrimonio igualitario en la Provincia de Buenos Aires, entre Verónica Dessio y Carolina Pérez, donde Benard también fue juez. Además, le respondió de forma velada al Ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona, al decir que desde la sanción de la Ley de Identidad de Género, en 2012, la biología nada tenía que hacer en la definición de la identidad de las personas. 

El otro juicio

El otro imputado en la causa, Montes, espera un juicio por jurados y, como no se realizó ninguna audiencia preparatoria de pruebas, es posible que demore más de dos años en iniciar. “El otro juicio tiene características distintas, con otras pruebas, porque no se puede incorporar por lectura nada”. La Fiscalía de juicio nº 19 es la que tiene que impulsar el juicio a Montes y pese a que Caniggia “está a disposición”, no tiene fecha prevista hasta 2027. “Si lo disponen antes, será antes, pero no creo”. En ese otro juicio, la familia de Tehuel será nuevamente llamada a declarar, volverá a ver los videos de Tehuel caminando por la calle, cerca de la forrajería de Alejandro Korn, volverá a hablar de las manchas de sangre y la Fiscalía va a tener que convencer a un nuevo tribunal, esta vez integrado por doce personas, de que el imputado colaboró en el homicidio. 

“No se puede probar la muerte”

Eso había dicho la defensora de Ramos en sus alegatos agregando, además, que la investigación de la causa llevada adelante por la Fiscalía de Juicio había sido muy mala, que no había profundizado en otras líneas de investigación que ampliaban los interrogantes sobre lo que pasó la madrugada del 11 de marzo de 2021 en Mansilla 1203, en Alejandro Korn, después de las 00:24, cuando el celular de Tehuel dejó de tener señal. “No comparto la postura de la distinguida defensora”, dijo Bernard en la resolución respondiendo al pedido de la defensora, en la que ella decía que si no había cuerpo no se podía probar la muerte; y agregó: “No hay nada que discutir al respecto. Ni la opción de la sobredosis, ni la pelea entre ellos, ni el disparo ni que Tehuel se haya ido a una fiesta resultan verosímiles. Ninguno de los argumentos vertidos por (Natalia) Argenti conmueve mi convicción”. 

“Está probado legalmente y acreditado que el homicidio se realizó por dos personas, por razones de odio y que ocultaron sus restos mortales, que no han sido hallados”, dijo Claudia Bravo, la secretaria del tribunal, al leer las palabras de Bernard.  “Luis Alberto Ramos es uno de los autores penalmente responsables. En ausencia de la prueba directa, hay que recurrir a los testimonios”, dijo. Y se basó en las pruebas presentadas por la Fiscalía: las manchas de sangre en la pared, el pedazo de celular, “los trozos de campera calcinados que pertenecían a Tehuel” y el video y la foto que se encontraron en el celular de Ramos: “No puede ser otra persona que Tehuel. Se ve una remera blanca y es la misma que tenía puesta Tehuel”. 

En el fallo, Bernard dijo que la pena se agravaba con la desaparición del cuerpo y que eso impedía la posibilidad de cerrar el duelo; de “vestirlo por última vez, de velarlo y despedirlo” y que, además, generaba “la ilusión de que puede estar vivo en algún lugar; cuando la razón nos muestra que es un engaño de quienes lo siguen buscando. Hasta el Poder Ejecutivo sigue buscándolo, ofreciendo recompensa”. 

Un día antes que se dicte esata sentencia, Aylén, la hermana melliza de Tehuel escribió en sus redes sociales: “Mañana se termina uno de los juicios por la causa de mi hermana y no sé cómo sentirme al respecto. Mi hermana sigue sin aparecer”.  Hoy la Justicia dijo que Tehuel está muerto. Esta causa se cerró. Queda la otra, la que impulsa la fiscal Karina Guyot, en San Vicente y en la que el CELS y el CIAV se presentaron como particulares damnificados: se están preguntando ¿dónde está Tehuel? y pretenden encontrarlo. Hoy es 30 de agosto, día internacional de las víctimas de desapariciones forzadas de personas.